Auxilio de rodamiento

El auxilio de rodamiento puede o no constituir salario para efectos laborales, y para efectos tributarios será siempre un ingreso gravado en cabeza del trabajador.

Qué es el auxilio de rodamiento.

El auxilio de rodamiento o de movilización es el valor que la empresa paga a un empleado cuando este aporta o utiliza su vehículo [automóvil o moto] para desarrollar actividades relacionadas con el contrato de trabajo.

El auxilio de rodamiento no procede cuando el vehículo del trabajador no es utilizado para trabajar, sino para que el trabajador se movilice del trabajo a la casa o viceversa.

El auxilio de rodamiento se utiliza en trabajadores que se dedican a vender, a visitar clientes, etc., y en ese proceso hace uso de su vehículo.

¿Cuánto se paga por auxilio de rodamiento?

El valor que se reconoce por concepto de auxilio de rodamiento lo fijan libremente las partes, y busca reconocer, o mejor, reembolsar al trabajador el valor del combustible, el mantenimiento y el desgaste por uso de su vehículo como consecuencia de colocarlo al servicio y para el beneficio del empleador.

Cada empresa, según la naturaleza del uso que se haga del vehículo, fijará el monto del respectivo auxilio de rodamiento.

El valor del auxilio de rodamiento dependerá tanto del tipo de vehículo como del uso que se haga de él.

Así, el auxilio de rodamiento por un vehículo será mayor que el auxilio que se pague por una moto; y si el uso diario del vehículo es durante todo el día todos los días, será mayor a si el uso es esporádico, o un día a la semana.

Auxilio de rodamiento y auxilio de transporte.

El auxilio de rodamiento es compatible con el auxilio de transporte. El hecho de que se pague un auxilio de rodamiento no exonera al empleador de pagar el auxilio de transporte, cuando por el monto del salario el trabajador tiene derecho a él.

Auxilio de transporte.Auxilio de transporte: trabajadores que tienen derecho y casos en que no es obligatorio pagarlo.

Recordemos que el auxilio de transporte se paga cuando el salario del trabajador es igual o menor a dos salarios mínimos.

¿El auxilio de rodamiento constituye salario?

El auxilio de rodamiento constituye salario, pero las partes pueden acordar que no lo constituya al tenor del artículo 128 del código sustantivo de trabajo.

De manera que en el contrato de trabajo se debe acordar expresamente que el auxilio de rodamiento no constituye salario.

Pagos laborales que no constituyen salario.Pagos que recibe el trabajador que no constituyen salario, ya sea por disposición legal o por acuerdo entre las partes.

En ese sentido, se ha pronunciado la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia en varias sentencias como la 57337 del 13 de septiembre de 2017 (SL15359-2017), 53793 del primero de marzo de 2017 (SL2833-2017), la 36644 2 de marzo de 2010, entre otras.

Lo anterior siempre que el auxilio de rodamiento tenga como finalidad y propósito compensar al trabajador por poner su vehículo al servicio del empleador, pues si su objetivo es calificar como no constitutivo de salario un pago de carácter retributivo, el juez terminará desconociendo ese acuerdo al considerarlo defraudatorio.

Por ejemplo, no se le puede pagar un auxilio de rodamiento a un trabajador que no tiene vehículo. Si se hace, es evidente que se trata de una maniobra para quitarle el carácter salarial de ese pago eminentemente remunerativo.

¿Auxilio de rodamiento es base para seguridad social?

En los casos en que el auxilio de rodamiento no constituya salario, no forma parte de la base para cotizar a seguridad social.

Ya vimos que el auxilio de rodamiento constituye salario si las partes no acuerdan lo contrario, por lo que, dependiendo de ese acuerdo, será o no base para seguridad social.

Si el auxilio de rodamiento no constituye salario, no se incluye en la base para liquidar prestaciones sociales, seguridad social ni aportes parafiscales.

¿El empleador puede disminuir o eliminar el auxilio de rodamiento?

Si el auxilio de rodamiento ha sido acordado contractualmente, el empleador no puede modificarlo ni mucho menos eliminarlo, puesto que al estar acordado en el contrato, es parte de él, siendo de obligatorio cumplimiento para el empleador.

Si el auxilio de rodamiento es pagado por mera liberalidad, el empleador sí puede modificarlo o dejarlo de pagar, porque no existe obligación contractual para pagarlo.

No obstante, se precisa que el auxilio de rodamiento, como tal, por lo general no se paga por mera liberalidad, pues con él se busca compensar al trabajador que utiliza su vehículo en beneficio del empleador, y un acuerdo así no puede estar supeditado a la voluntad del empleador.

La mera liberalidad existe cuando se trata de un pago al que se le ha llamado de rodamiento, pero que en realidad no lo es.

Impuestos en el auxilio de rodamiento.

Desde el punto de vista tributario, el auxilio de rodamiento es un ingreso gravado y, por consiguiente, sometido a retención en la fuente por salarios, de modo que, al calcular la retención por salarios, el auxilio de rodamiento se debe sumar al total de ingresos gravados, si es que hay lugar a efectuar retención.

El auxilio de rodamiento no tiene el mismo tratamiento que los viáticos, un concepto muy diferente que se aborda en detalle en el siguiente artículo.

Tratamiento tributario de los viáticos.Retención en la fuente e impuesto a la renta en los viáticos permanentes y ocasionales que se pagan al trabajador.

El trabajador que declare renta debe declarar los ingresos que perciba por concepto de auxilio de rodamiento, y el empleador, a su vez, puede deducir de su impuesto de renta esos pagos.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, enero 24). Auxilio de rodamiento [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/el-auxilio-de-rodamiento-y-su-tratamiento-laboral-y-tributario.html

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