A partir del momento en que dos personas contraen matrimonio se producen una serie de efectos jurídicos y obligaciones que generan su contrato de matrimonio, obligaciones que cesan al declararse la nulidad del matrimonio.
Efectos jurídicos de la nulidad del matrimonio.
Cuando el matrimonio se declara nulo por alguna de las causales establecidas para tal fin, dicha nulidad también produce unos efectos jurídicos, efectos que se encuentran contemplados en el artículo 148 del Código Civil de la siguiente manera:
«Anulado un matrimonio, cesan desde el mismo día entre los consortes separados, todos los derechos y obligaciones reciprocas que resultan del contrato de matrimonio; pues si hubo mala en alguno de los contrayentes, tendrá este obligación de indemnizar al otro todos los perjuicios que le haya ocasionado, estimados con juramento.»
Entonces, las consecuencias de declarar la nulidad de un matrimonio son que todas las obligaciones que existían entre estos cesan, tales como el socorro y la ayuda mutua, y la cohabitación.
Además, al anularse el matrimonio se disuelve la sociedad conyugal y la obligación de fidelidad, etc.
Consecuencias para el cónyuge culpable de la nulidad del matrimonio.
Hay que tener en cuenta que el artículo mencionado castiga al cónyuge que actuó de mala fe con la obligación de indemnizar al cónyuge de buena fe los perjuicios que le haya ocasionado.
Si el matrimonio se anula por culpa de uno de los cónyuges, están a cargo de este los alimentos y educación de los hijos, si tiene los medios para ello.
De otra parte, cuando se declara la nulidad de un matrimonio en el cual se procrearon hijos, la ley establece que la patria potestad les corresponde a ambos.
Contenido de la sentencia que declara la nulidad del matrimonio.
La providencia que declare la nulidad de un matrimonio debe contener los siguientes aspectos:
- La cuota con la que cada cónyuge debe contribuir en la educación y alimentos de los hijos.
- La indemnización que debe pagar el cónyuge que actuó de mala fe, es decir, el culpable de que se haya declarado nulo el matrimonio.
- Se determinarán los derechos que le corresponden al cónyuge inocente y a sus hijos en los bienes del culpable.
Además, se ordenará el enjuiciamiento del cónyuge culpable, esto en caso de que se haya cometido algún delito.
Efectos de la nulidad del matrimonio religioso.
La nulidad del matrimonio religioso tendrá efectos civiles desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia mediante la cual el juez ordena la ejecución de la nulidad decretada por la autoridad religiosa, según establece el artículo 147 del Código Civil.
Para que la nulidad del matrimonio religioso tenga efectos civiles, se debe solicitar a un juez de familia que decrete la ejecución de la sentencia ejecutoriada proferida por la autoridad eclesiástica o religiosa correspondiente. La sentencia judicial se deberá inscribir en el registro civil correspondiente a fin de dejar constancia de la cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso.
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