En Colombia existen conglomerados empresariales que pertenecen a una misma familia o persona, que en algunos casos son denominados como grupo empresarial, de acuerdo con los criterios de la Ley 222 de 1995.
¿Qué es un grupo empresarial?
Un grupo empresarial es cuando existe una matriz y varias subordinadas, entre las cuales existe unidad de propósito y dirección en los términos del artículo 28 de la Ley 222 de 1995:
«Habrá grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, exista entre las entidades unidad de propósito y dirección.»
Es un grupo de empresas o sociedades relacionadas entre sí, que colaboran en un sector económico determinado, lo que les brinda mejores condiciones para operar en el mercado.
Requisitos para que exista el grupo empresarial.
Para que exista un grupo empresarial se deben cumplir dos condiciones:
- Las empresas incluidas deben tener un vínculo de subordinación.
- Entre las empresas debe haber unidad de propósito y dirección.
Hay subordinación cuando una empresa depende de otra llamada matriz, que la controla.
Respecto a la unidad de propósito y dirección, señala el inciso 2 del artículo 28 de la Ley 222:
«Se entenderá que existe unidad de propósito y dirección cuando la existencia y actividades de todas las entidades persigan la consecución de un objetivo determinado por la matriz o controlante en virtud de la dirección que ejerce sobre el conjunto, sin perjuicio del desarrollo individual del objeto social o actividad de cada una de ellas.»
Se requiere que la matriz o persona que controla las otras sociedades imponga o fije una política común a todas a fin de conseguir un propósito determinado, para lo cual existe esa unidad de dirección en cabeza de la matriz.
En consecuencia, si bien cada sociedad actúa individualmente, sus acciones están encaminadas a lograr el objetivo trazado por la matriz, por lo que existe una especie de sinergia donde ninguna sociedad actúa como rueda suelta, sino que debe responder a la dirección general de la matriz.
El grupo empresarial se caracteriza porque existen unas políticas que todas las empresas deben implementar o seguir, como mecanismo para lograr un objetivo superior fijado por la matriz.
Esto les permite competir apropiadamente, pues cada una de las empresas cumple una función en beneficio de los objetivos generales del grupo.
Obligaciones del grupo empresarial.
El artículo 29 de la Ley 222 de 1995 impone una obligación adicional y específica para los grupos empresariales, consistente en emitir un informe especial para ser presentado a los órganos sociales de cada sociedad, que contenga por lo menos los siguientes aspectos:
- Las operaciones de mayor importancia concluidas durante el ejercicio respectivo, de manera directa o indirecta, entre la controlante o sus filiales o subsidiarias con la respectiva sociedad controlada.
- Las operaciones de mayor importancia concluidas durante el ejercicio respectivo, entre la sociedad controlada y otras entidades, por influencia o en interés de la controlante, así como las operaciones de mayor importancia concluidas durante el ejercicio respectivo, entre la sociedad controlante y otras entidades, en interés de la controlada.
- Las decisiones de mayor importancia que la sociedad controlada haya tomado o dejado de tomar por influencia o en interés de la sociedad controlante, así como las decisiones de mayor importancia que la sociedad controlante haya tomado o dejado de tomar en interés de la sociedad controlada.
La Superintendencia de Sociedades tiene la facultad discrecional para hacer una verificación del contenido de esos informes especiales.
Cómo se constituye un grupo empresarial.
Para la constitución del grupo empresarial, es suficiente con que se cumplan los presupuestos que la ley señala, y no hace falta crear una nueva empresa o persona jurídica diferente para reconocer el grupo empresarial.
Lo que sí es necesario es registrar la situación de control que surge del grupo empresarial en la Cámara de Comercio respectiva, para lo cual el representante legal de la empresa matriz controlante debe allegar un documento privado debidamente reconocido ante notario o juez, según corresponda.
¿Quién verifica la existencia del grupo empresarial?
La verificación de los requisitos para la existencia del grupo corresponde a la Superintendencia de Sociedades y a la Superintendencia Financiera, según corresponda.
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