Declarar renta por compras

Una persona natural puede verse obligada a declarar renta por ir demasiado al centro comercial a hacer compras.

Tope de compras para declarar renta.

El literal b) del artículo 594-3 del estatuto tributario señala que una persona natural no estará obligada a declarar renta si el total de compras y consumos durante el año gravable no supera 1.400 Uvt, que son $59.377.000 para la declaración de renta de 2023.

Comprar en un año 1.400 Uvt es relativamente fácil para muchas personas que poca atención le prestan y que no llevan un control de sus gastos.

Téngase presente que, con la facturación electrónica, la Dian puede conocer cada compra que realicemos, por lo que debemos llevar un control o presupuesto para saber en qué momento hemos quedado obligados a declarar.

Declarar por el uso de la tarjeta de crédito.

Si además de hacer muchas compras las hace con tarjeta de crédito, igual situación se presenta, toda vez que si gastamos más de 1.400 Uvt al año quedamos obligados a declarar renta al tenor del literal a) del artículo 594-3 del estatuto tributario.

Y nuevamente, para la Dian es muy sencillo conocer cuánto nos hemos gastado con la tarjeta de crédito, ya que los bancos le reportan esa información.

Planear y hacer presupuesto.

Por lo anteriormente expuesto, es necesario hacer un presupuesto y planear nuestros gastos para evitar tener que declarar renta por estas razones, y si debemos declarar renta, ser conscientes de esa obligación y cumplirla oportunamente.

Sin afanes, espere el reporte de la Dian.

Para las personas naturales que no declaran por ingresos, patrimonio o consignaciones, sino únicamente por compras y consumos con tarjeta de crédito, no necesariamente deben apresurarse a declarar, puesto que en muchos casos toda la información de las compras y consumos no es reportada a la Dian.

Por consiguiente, primero descargue el reporte de terceros que la Dian pone a disposición de cada contribuyente en su plataforma, para lo cual el contribuyente debe tener una cuenta en la Dian con su respectivo usuario y contraseña.

En ese reporte podrá consultar cuántas compras y consumos le han reportado, y con base en esa información se decide si declarar o no.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

El saldo adeudado por tarjetas de crédito a 31 de diciembre sí es una deuda (pasivo) en la declaración de renta.

No. El consumo con tarjetas de crédito sólo se toma como referencia para determinar si debe o no declarar renta.

Se declara como pasivo saldo adeudado de la tarjeta de crédito a 31 de diciembre. El cupo de la tarjeta de crédito que no se ha utilizado no se declara.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, agosto 18). Declarar renta por compras [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/declarar-renta-por-compras.html

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