Declarar renta por comprar un apartamento o por un crédito hipotecario

Una persona natural puede verse obligada a declarar renta por haber comprado un apartamento o cualquier inmueble, o por hacer un crédito hipotecario o cualquier crédito bancario.

¿Si compro una casa o apartamento debo declarar renta?

Depende del monto o valor de la casa que se adquiere, puesto que la declaración de renta no solo se debe presentar por obtener ingresos, sino por hacer compras. Recordemos lo que señala el requisito de compras para no declarar renta que establece el literal b) del artículo 594-3 del estatuto tributario:

«Que el total de compras y consumos durante el año gravable no superen la suma de 1.400 UVT;»

La norma se refiere a compras y consumos sin especificar ni distinguir el tipo de compras, así que cualquier compra cuenta para determinar el tope de 1.400 UVT que, de superarse, obliga a presentar la declaración de renta.

¿Créditos hipotecarios cuentan como consignaciones para declarar renta?

La compra de un inmueble puede ir aparejada con la obtención de un crédito hipotecario, que, en caso de ser abonado en la cuenta del comprador (contribuyente), suma para efectos de las consignaciones de este.

Recordemos lo que señala el artículo 594-3 del estatuto tributario respecto a las consignaciones:

«Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año gravable no exceda de 1.400 UVT.»

La norma habla de consignaciones y depósitos, una vez más, sin distinguir el origen o causa de esa consignación o depósito.

Si el valor del crédito no es abonado a la cuenta del contribuyente, porque es abonado directamente a la cuenta del vendedor, entonces no cuenta como una consignación.

El desembolso de créditos hipotecarios cuenta como consignación siempre que sean abonados a la cuenta de quien lo hizo, algo que no siempre sucede.

Los demás créditos distintos al hipotecario generalmente son abonados a la cuenta del cliente, y en tal caso sí cuentan como una consignación.

Bancos y notarías reportan a la Dian.

Esta información es de fácil conocimiento para la Dian, ya que las notarías reportan la compra del inmueble, lo mismo que los bancos reportan el crédito hipotecario y las consignaciones.

Para la Dian y el Estado es un gran negocio perseguir a quienes no declaran renta por nimiedades como esta, pues son muchísimos los contribuyentes omisos que ignoran que están o estaban obligados a declarar, lo que en parte se solucionará con la facturación del impuesto a la renta, que se elabora con base en la información que distintas entidades deben reportar a la Dian.

Facturación del impuesto de renta.Se implementa facturación del impuesto de renta por parte de la Dian, factura que presta mérito ejecutivo permitiendo el cobro coactivo del valor facturado.

Declarar no significa pagar impuesto.

Tenga en cuenta que declarar no siempre significa pagar impuesto, pero no hacerlo sí significa pagar sanciones.

Sanciones en la declaración de renta.Sanciones que la Dian puede aplicar cuando se incumple con la debida presentación de la declaración de renta.

Generalmente se debe pagar impuesto cuando se declara por ingresos, más no cuando se declara por compras o consignaciones.

Incluso si la obligación de declarar surge por superar el tope de ingresos, no siempre se debe pagar impuesto, pues este se paga cuando la renta gravable supera el rango mínimo sujeto a tributación, que hoy está en 1.090 UVT, equivalente a $39.576.000 para el año gravable 2020 que se declara en 2021.

La declaración de renta de quien solo declara por superar consignaciones o compras es muy sencilla, pues en muchos casos ni siquiera hace falta declarar costos, deducciones, ni nada de esos asuntos complicados, así que no hay razón para no presentarla.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Los préstamos bancarios, como los hipotecarios, no son un ingreso, pero sí pueden incidir en la obligación de declarar renta en razón de que pueden incrementar el monto de las consignaciones bancarias, excepto si se trata de créditos hipotecarios cuando no se consignan en la cuenta del deudor, sino en la del vendedor de la casa.

También incrementan el patrimonio en caso de que, a 31 de diciembre, el crédito desembolsado siga en la cuenta del contribuyente.

Los préstamos bancarios no son un ingreso para el contribuyente, por tanto, no se declaran como un ingreso.

Los préstamos bancarios son un pasivo y se declaran como tal. El valor a declarar es el saldo del crédito a 31 de diciembre, de modo que no se declara por su valor original.

Depende del valor del apartamento. Si este supera los 4.500 Uvt, entonces sí debe declarar renta por superar el tope de patrimonio.

Téngase en cuenta que el patrimonio es apenas una de las variables a considerar, y es posible que no deba declarar por su apartamento, pero sí por otras razones, como superar ingresos o consignaciones, etc., lo que obliga a realizar un análisis integral de la realidad de cada contribuyente.

La compra de una casa o apartamento se declara como parte del patrimonio, puesto que son bienes que forman parte del patrimonio del contribuyente.

Además, si la casa o apartamento se compró con un crédito, ese crédito se declara como pasivo.

Tanto el patrimonio como el pasivo están totalizados en la declaración de renta, y es en los anexos de la declaración de renta donde se individualiza el valor del apartamento y del crédito.

En un Excel se incluyen todos los activos y pasivos del contribuyente y se totaliza su valor, y el valor total es el que se lleva al formulario.

Sí, se deben declarar como pasivo (deuda) pero no se declaran como ingresos.

No. Los préstamos en todos los casos son un pasivo, y si con ese crédito se compra un activo, se declara el activo correspondiente, pero nunca como un ingreso.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, agosto 11). Declarar renta por comprar un apartamento o por un crédito hipotecario [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/declarar-por-compra-de-apartamento-y-creditos-hipotecario.html

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