La declaración del impuesto a las ventas o declaración de IVA es una declaración tributaria que deben presentar las personas naturales y jurídicas responsables del IVA.
- ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de IVA?
- Casos en que no se debe presentar la declaración de IVA
- Periodos del IVA.
- ¿La declaración de IVA se puede presentar sin pago?
- ¿Qué sucede si presento la declaración luego de vencido el plazo para declarar?
- ¿La declaración de IVA debe estar firmada por contador público o por revisor fiscal?
- Firmeza de la declaración de IVA
- Conceptos que se deben incluir en la declaración de IVA.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de IVA?
La declaración de IVA debe ser presentada por toda persona natural o jurídica que sea responsable del impuesto a las ventas, que antiguamente se conocía como régimen común. La obligación de presentar la declaración de IVA está consagrada en el artículo 601 del estatuto tributario, que en su primer inciso señala:
«Deberán presentar declaración y pago del impuesto sobre las ventas, según lo dispuesto en el artículo 600 de este Estatuto, los responsables de este impuesto, incluidos los exportadores.»
Si el contribuyente está inscrito como responsable del IVA, debe presentar la declaración, excepto cuando se den las condiciones para que no haya obligación de presentarla, como se pasa a explicar.
Casos en que no se debe presentar la declaración de IVA
El mismo artículo 601 del estatuto tributario dispone que no hay obligación de presentar la declaración de IVA, cuando no se es responsable del IVA, que anteriormente correspondía al régimen simplificado.
Tampoco se debe presentar la declaración de IVA en ceros, como se explica en el siguiente artículo:
Si en un periodo gravable el contribuyente no realizó operaciones, es decir, no realizó ventas sometidas al impuesto a las ventas, ni realizó compras con derecho a impuestos descontables, ni se hicieron devoluciones o rescisiones de compras o ventas, no hay lugar a presentar la declaración de IVA.
Periodos del IVA.
Las declaraciones de IVA se realizan según el periodo fiscal o periodo gravable del impuesto a las ventas, que tiene dos periodos:
- Periodo bimestral.
- Periodo cuatrimestral.
- Periodo anual.
Declaración de IVA bimestral.
El periodo bimestral aplica para los contribuyentes o responsables que sean grandes contribuyentes y para las personas naturales o jurídicas que al 31 de diciembre del año anterior tuvieran ingresos brutos anuales iguales o superiores a 92.000 UVT.
El periodo bimestral también aplica para las personas o empresas responsables que comercialicen o produzcan bienes exentos del impuesto a las ventas, sin importar el monto de los ingresos, según se interpreta del numeral 1 del artículo 600 del estatuto tributario:
«Declaración y pago bimestral para aquellos responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT y para los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 de este Estatuto.»
Existen 6 periodos bimestrales de IVA:
- Enero – Febrero
- Marzo – Abril
- Mayo – Junio
- Julio – Agosto
- Septiembre – Octubre
- Noviembre – Diciembre.
Esto significa que cada dos meses se debe presentar la declaración de IVA, en las fechas que fije el gobierno, para el mes siguiente al bimestre a declarar.
Declaración de IVA cuatrimestral.
El periodo cuatrimestral de IVA aplica para las personas naturales o jurídicas responsables del régimen común que, en el año anterior, al 31 de diciembre hubieran tenido ingresos menores a 92.000 UVT.
Naturalmente, si el responsable tiene ingresos inferiores a 92.000 UVT, pero produce o comercializa productos exentos de IVA o es gran contribuyente (esto último es improbable), su periodo gravable será bimestral en virtud a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 600 del estatuto tributario.
Hay tres periodos cuatrimestrales:
- Enero – Abril
- Mayo – Agosto
- Septiembre – Diciembre.
Cada cuatro meses se declara el IVA, y la presentación de la declaración se hace en el mes siguiente al cuatrimestre; por ejemplo, la declaración del primer cuatrimestre (enero - abril) se presenta en el mes de mayo. La del tercer cuatrimestre (septiembre – diciembre) se presenta en enero del siguiente año.
Periodo fiscal o gravable cuando se inician actividades
Como la norma dispuso que para definir el periodo fiscal o gravable de un responsable se toman como referencia los ingresos del año anterior, las empresas nuevas no tienen cómo determinar el periodo gravable ante la ausencia de un año anterior, por lo que el inciso segundo del parágrafo único del artículo 600 del estatuto tributario dispuso que:
«Cuando se inicien actividades durante el ejercicio, el período gravable será el comprendido entre la fecha de iniciación de actividades y la fecha de finalización del respectivo período de acuerdo al numeral primero del presente artículo.»
Como se observa, la norma remite al numeral primero del artículo 600 del estatuto tributario, y este es el que trata del periodo bimestral, por lo que todo responsable que inicia una actividad, su periodo gravable será bimestral hasta que cumpla los requisitos para cambiar de periodo.
¿La declaración de IVA se puede presentar sin pago?
Sí. La declaración de IVA se puede presentar sin pago, teniendo en cuenta lo que se explica en el siguiente artículo:
Al presentar la declaración de IVA sin pago se generan intereses moratorios hasta tanto se haga el pago.
¿Qué sucede si presento la declaración luego de vencido el plazo para declarar?
Si presenta la declaración de IVA luego de vencido el plazo fijado por el gobierno, debe liquidar la sanción por extemporaneidad, en función de los meses o fracción de mes que dure la extemporaneidad.
Igualmente, tendrá que pagar intereses moratorios entre el día siguiente al vencimiento para declarar y la fecha en que efectivamente pague el impuesto liquidado en la declaración.
¿La declaración de IVA debe estar firmada por contador público o por revisor fiscal?
En algunos casos, la declaración de IVA debe estar firmada por contador público o por revisor fiscal, en la medida en que se cumpla con lo dispuesto por el artículo 602 del estatuto tributario.
Declaraciones de IVA que deben ser firmadas por un revisor fiscal
La declaración de IVA debe estar firmada por un revisor fiscal cuando el responsable esté obligado a llevar contabilidad, además de estar obligado a tener revisor fiscal, ya sea por disposición del código de comercio, por tope de ingresos o patrimonio, o por norma especial.
Declaraciones de IVA que deben ser firmadas por contador público
Los responsables del impuesto a las ventas que estén obligados a llevar contabilidad deben tener la firma del contador público cuando el patrimonio bruto del año anterior o los ingresos brutos del año anterior sean superiores a 100.000 UVT.
Igualmente, la declaración de IVA debe ser firmada por un contador público cuando en ella se determina un saldo a favor sin importar el monto de los ingresos o del patrimonio.
Firmeza de la declaración de IVA
Una vez se presenta la declaración de IVA, la DIAN tiene la facultad de revisar y, si fuere el caso, de modificar la declaración presentada por el contribuyente, facultad que fenecía cuando la declaración adquiere firmeza.
La declaración de IVA queda en firme a los tres años contados desde la fecha de vencimiento para declarar, o desde que se presente si se ha presentado de forma extemporánea.
No obstante, la firmeza de la declaración de IVA está «amarrada» a la firmeza de la declaración de renta del año respectivo, de modo que la declaración de IVA queda en firme una vez la declaración de renta del mismo año quede en firme, según señala el artículo 705-1 del estatuto tributario.
Por ejemplo, la firmeza de la declaración del primer bimestre de 2021 solo quedará en firme cuando la declaración de renta de 2021, que se presenta en 2022, quede en firme, es decir, en 2025.
Es importante precisar que si la declaración de IVA arroja un saldo a favor que es solicitado en devolución, no afecta su término de firmeza, pues la excepción contemplada en el artículo 705 del estatuto tributario no es aplicable, ya que en todo caso está sujeta a la firmeza de la declaración de renta, como se explica con más detalle en el siguiente artículo.
Conceptos que se deben incluir en la declaración de IVA.
En la declaración de IVA se deben incluir todas las ventas, gravadas, no gravadas y excluidas, así como todas las compras, incluso si no son gravadas o no dan derecho a descuento en el IVA, como puede ser la compra de activos fijos.
Se deben declarar los impuestos descontables o IVA que se pagaron en las compras, las retenciones en la fuente por IVA que le haya practicado al responsable, y lo mismo que el IVA generado según las tarifas aplicadas.
Recomendados.