La licencia de maternidad tiene una duración de 18 semanas, que se pueden extender en caso de partos prematuros o partos múltiples.
Duración de la licencia de maternidad.
La licencia de maternidad es de 18 semanas completas, pero hay casos especiales en los que cambia la duración de la licencia de maternidad, que exponemos a continuación.
Es importante precisar que la licencia de maternidad se cuenta por días calendario y no por días hábiles.
Como la licencia es de 18 semanas y cada semana tiene 7 días, en total son 126 días calendario de licencia o descanso remunerado por maternidad, más los días que corresponden por los casos especiales.
Duración de la licencia de maternidad en partos múltiples
La licencia de maternidad cuando se produce un parto múltiple es de 20 semanas, 2 semanas más que cuando el parto es de un solo bebé.
La regla general contemplada por el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo es que la licencia de maternidad corresponde a 18 semanas, 1 o 2 de las cuales se deben disfrutar antes del parto.
Sin embargo, el numeral 5 del referido artículo contempla que en caso de partos múltiples la licencia se incrementará en 2 semanas.
«(…) Cuando se trate de madres con parto múltiple o madres de un hijo con discapacidad, la licencia se ampliará en dos semanas más.»
Las semanas de licencia adicionadas por el parto múltiple siempre serán 2, sin importar si los nacimientos fueron dos, tres o más, pues la ley no consideró que entre más nacimientos se dieran, más serían las semanas adicionadas a la licencia de maternidad; simplemente se limitó a establecer que serían dos semanas adicionales.
Duración de la licencia de maternidad en partos prematuros.
Cuando el parto es prematuro, la licencia de maternidad se extiende por el mismo tiempo en que se haya adelantado el parto.
Dice el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo en la parte pertinente:
«La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las dieciocho (18) semanas que se establecen en la presente ley. (…) »
Médicamente se considera que un parto normal sucede después de las 40 semanas de gestación, de manera que, si este se da en la semana 38, por ejemplo, el parto se ha adelantado 2 semanas, semanas que se deben sumar a la licencia de maternidad normal, que es de 18 semanas. En consecuencia, la licencia será de 20 semanas, y si el parto se adelanta 3 semanas, la licencia será de 21 semanas, etc.
La idea es que la madre esté junto a su bebé el tiempo que este necesita para estar en las condiciones de cualquier niño con nacimiento a término, puesto que en los partos prematuros suele ocurrir que se requiere hacer de mamá «canguro» para conseguir que el bebé termine su desarrollo normal, por lo que es preciso conceder el tiempo necesario para que la madre acompañe al lactante en ese proceso.
Cuando el parto es múltiple y prematuro.
Si el parto, además de múltiple, es prematuro, a las 2 semanas que le corresponden por ser múltiple, se le adicionan las semanas en que se adelantó el parto respecto a la fecha estimada por el médico; es decir, se suman las dos ampliaciones.
Duración de la licencia cuando el hijo nace con discapacidad.
Cuando el hijo nace con alguna discapacidad, la licencia de maternidad se extiende en 2 semanas, para un total de 20 semanas.
¿Cuántos meses dura la licencia de maternidad?
La licencia de maternidad está dada en semanas, que, pasadas a meses, son 4.15 meses aproximadamente, sin considerar los eventos en que la licencia se extienda a 20 semanas o más por partos múltiples o prematuros, pudiendo llegar incluso a 5 meses.
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