A una empleada doméstica se le debe pagar por lo menos el salario mínimo cuando trabaja el tiempo completo, y cuando trabaja medio tiempo o por días, la proporción correspondiente según el tiempo que haya laborado.
- Cuánto se le paga a una empleada doméstica en 2024.
- Cuánto se le paga a una empleada doméstica por día en 2024.
- Seguridad social de empleadas domésticas 2024.
- Parafiscales de empleadas domésticas en 2024.
- Prestaciones sociales de la empleada doméstica en 2024.
- Valor total del día de trabajo de una empleada doméstica.
- Indemnización por despido injusto de la empleada doméstica.
- Pagos en especie a la empleada doméstica.
- ¿Cuánto se le paga a una empleada doméstica interna?
Cuánto se le paga a una empleada doméstica en 2024.
Para el caso de una empleada que labora el mes completo, se le debe pagar el salario mínimo, que para el 2024 es de $1.300.000 mensuales.
Si la empleada es externa, se le debe pagar el auxilio de transporte, que está en $162.000, lo que suma un total de $1.462.000 mensuales.
Adicional a ello, la empleada debe ser afiliada a salud, pensión, riesgos laborales y a una caja de compensación familiar, y por supuesto, el pago de prestaciones sociales que consiste en cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones.
Cuánto se le paga a una empleada doméstica por día en 2024.
Cuando la empleada doméstica trabaja por días, se le debe pagar el valor del día más lo que corresponde al descanso dominical proporcional.
El salario mínimo para el 2024 en Colombia está en $1.300.000, y como para efectos laborales el mes se entiende de 30 días, dividimos ese valor en 30, por lo que por cada día de trabajo se debe pagar la suma de $43.333.
Adicional al día de trabajo, se le debe pagar el descanso dominical remunerado proporcional, en aplicación del artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo, tema desarrollado en el siguiente artículo.
El domingo es un descanso remunerado, y para tener derecho a él hay que trabajar la semana completa, que son 6 días, de lunes a sábado, así que por cada día de trabajo se tiene un sexto del descanso dominical remunerado.
Como el valor del día es de $43.333, por cada día de trabajo corresponde un sexto de ese valor, es decir, $7.222 por concepto de descanso dominical remunerado.
Pero, además, si la empleada es externa, lo que ocurre siempre que se trabaja por días, se le debe pagar el auxilio de transporte, que también es proporcional.
Para el 2024 el auxilio de transporte es de $162.000, valor que dividimos entre 30 para determinar el auxilio de transporte diario, que resulta ser de $5.400.
En resumen, la empleada doméstica debe recibir por lo menos el siguiente valor por cada día de trabajo:
Concepto. | Valor. |
Salario | $43.333 |
Descanso dominical | $7.222 |
Auxilio de transporte | $5.400 |
Valor total | $55.955 |
Por cada día de trabajo se debe pagar la suma de $55.955, valor que se multiplica por el número de días que la empleada trabajó en la semana, quincena o mes según el periodo de pago acordado, pago que se puede hacer también diariamente, es decir, día trabajado, día pagado.
Es lo mínimo que se le debe pagar a la empleada, ya que el empleador puede pagarle más según acuerdo entre las partes.
Como ya señalamos al inicio, las empleadas del servicio doméstico deben estar afiliadas a seguridad social, que comprende salud, pensión y riesgos laborales.
Los porcentajes de aporte son los siguientes:
- Salud: Empleador 8.5%, empleada 4%
- Pensión: Empleador 12%, empleada 4%
- Riesgos laborales: Empleador 0.525 %
Llevando a valores, para el 2024 el pago mensual de estos conceptos es el siguiente:
Concepto | Empleador | Empleada |
Salud | $110.500 | $52.000 |
Pensión | $156.000 | $52.000 |
Riesgos laborales | $6.786 | $0 |
Total | $273.286 | $104.000 |
En el caso de las empleadas que laboren por días, existe la posibilidad de aplicar lo explicado en el siguiente artículo.
Los aportes a seguridad social se hacen sobre una base mínima de un salario mínimo, así que, en los casos en que la empleada doméstica labore por días o medio tiempo, y no tenga un salario mínimo, los aportes deben hacerse en todo caso sobre el salario mínimo, en caso de que no pueda aplicar para pagar seguridad social por días.
Esto implicará que tanto empleador como empleada deban completar los valores faltantes hasta completar la cotización mínima.
Parafiscales de empleadas domésticas en 2024.
El empleador no debe pagar aportes al Sena ni al ICBF por su empleada doméstica, pero sí debe afiliarla a una caja de compensación, conforme se explica en el siguiente artículo, con un 4% sobre el salario mensual de la empleada.
La empleada del servicio doméstico tiene derecho a las prestaciones sociales, ya sea que trabaje a tiempo completo, medio tiempo o por días, tema explicado en el siguiente artículo.
Se le deben pagar los siguientes conceptos:
- Prima de servicios.
- Auxilio de cesantías.
- Intereses sobre cesantías.
- Vacaciones.
Si la empleada trabaja por días, igual tiene derecho al pago de las prestaciones sociales que se liquidan conforme se explica en el siguiente artículo.
Resumiendo, el valor de las prestaciones sociales por cada día sería el siguiente con base en el salario mínimo para el 2024:
Concepto | Valor |
Prima de servicios | $4.644 |
Cesantías | $4.644 |
Intereses sobre cesantías | $557 |
Provisión para vacaciones | $2.108 |
Total | $11.954 |
El valor del salario diario con prestaciones es $67.910 sin contar con los costos de la seguridad social.
Valor total del día de trabajo de una empleada doméstica.
Sumando los diferentes conceptos, tenemos que el costo diario de tener una empleada doméstica es el siguiente.
Si el salario es mensual, se tienen los siguientes costos:
Concepto | Valor |
Salario | $1.462.000 |
Prestaciones sociales | $296.000 |
Seguridad social | $273.000 |
Total | $2.031.000 |
Este costo incluye el auxilio de transporte, de modo que si la empleada es interna, se descuentan $162.000.
Indemnización por despido injusto de la empleada doméstica.
Adicional a los pagos anteriores, en caso de que la empleada doméstica sea despedida sin justa causa, se le debe pagar la indemnización por despido injusto de que trata el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, igual que a cualquier otro trabajador.
La indemnización no se paga cuando la empleada renuncia o, en común acuerdo, dan por terminado el contrato de trabajo, lo que implica que la empleada acepte o esté de acuerdo con esa decisión.
Pagos en especie a la empleada doméstica.
Es normal que el empleador suministre la alimentación y la vivienda a la empleada doméstica, y es legal que ello se considere como un pago en especie, que está sujeto al 30% del total del salario.
Si el empleador suministra alimento y vivienda a la empleada doméstica, y no se los cobra o no se los descuenta, debe incluir en el contrato que dichas especies no constituyen salario, porque si no se hace esa exclusión expresa, la ley entenderá que es un pago en especie que se sumará al pago en efectivo, lo que hará que se incremente la base para liquidar seguridad social, prestaciones sociales, indemnizaciones y los aportes a la caja de compensación familiar.
¿Cuánto se le paga a una empleada doméstica interna?
El salario de una empleada interna es el mismo que se le paga a una que no sea interna.
Sin embargo, a la empleada interna no se le paga auxilio de transporte, y eso hace que el valor de las prestaciones sociales disminuya, puesto que el auxilio de transporte no hará parte de la base para su liquidación al no tener derecho a él. Si tuviera derecho al auxilio de transporte, este haría parte de la base para liquidar las prestaciones sociales.
Además, cuando la empleada doméstica es interna, es posible que la vivienda se considere como pago en especie, disminuyendo lo que se debe pagar en efectivo.
En la empleada externa, la alimentación puede ser acordada como pago en especie, pero no la vivienda.
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