Los aportes voluntarios a pensión tienen un tratamiento tributario especial en la medida en que se contabilizan como un activo. Respecto a su contabilización, consideramos que se debe registrar como una inversión.
Aportes voluntarios a pensión como inversión.
Una persona natural que sea comerciante y lleve contabilidad debe registrar sus aportes voluntarios a pensión como un activo, ya que representa una inversión recuperable en un futuro.
Es como un dinero disponible en un determinado fondo que incluso lo puede retirar en el corto plazo, aunque ello implique perder los beneficios tributarios.
En ese sentido, la cuenta a utilizar podría ser la 129595 (otras inversiones), ya que en el plan de cuentas no hay una cuenta específica para esta situación, y la más aproximada es la de inversiones, toda vez que los aportes voluntarios a pensión son precisamente inversiones.
Aportes voluntarios a pensión como gasto.
En el caso del empleador que realiza aportes voluntarios a pensión en favor de sus trabajadores, constituye ese aporte un gasto laboral más que hace parte de la nómina, debiéndose entonces contabilizar como un gasto de personal en las cuentas 510570 o 520570 [Aportes a fondos de pensión y/o cesantías], según corresponda a trabajadores en la parte administrativa u operativa.
Cuenta contable fondo de solidaridad pensional.
Los aportes al fondo de solidaridad pensional hacen parte de los aportes a pensión que realiza el trabajador, por lo que dichos aportes se deberían contabilizar en la cuenta 238030, creando una auxiliar para ello.
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