Para constituir una sociedad anónima se debe hacer por medio de una escritura pública ante notaría, escritura que luego debe ser inscrita en la cámara de comercio respectiva.
- Constitución de una sociedad anónima en Colombia.
- Lo que debe hacer para constituir una sociedad anónima.
- Requisitos para constituir la sociedad anónima.
- Requisitos para la operación y funcionamiento de la sociedad anónima.
- Cuánto cuesta constituir una sociedad anónima.
- Aspectos tributarios al constituir una sociedad anónima.
Constitución de una sociedad anónima en Colombia.
La sociedad anónima se constituye mediante un contrato de sociedad, que debe elevarse a escritura pública.
Luego de constituida la sociedad anónima mediante escritura pública, debe inscribirse en el registro mercantil en la cámara de comercio de la ciudad donde se ha constituido.
La constitución de la sociedad anónima debe hacerse observando los requisitos propios de esta, que más adelante se señalan.
Lo que debe hacer para constituir una sociedad anónima.
De acuerdo al artículo 110 del código de comercio colombiano, la sociedad comercial, como es el caso de la sociedad anónima, debe constituirse mediante escritura pública con los requisitos que allí se mencionan.
Recordemos que de acuerdo al artículo 110 del código de comercio toda sociedad comercial se debe constituir mediante escritura pública, y solo cuando una ley particular considera suficiente un documento privado, podrá prescindirse de la escritura pública, como es el caso de la S.A.S.
Sin embargo, en aplicación del artículo 22 de la ley 1014 de 2006, la sociedad anónima se puede crear con un documento privado cuando sus activos sean inferiores a 500 salarios mínimos, o como máximo 10 trabajadores.
Una vez protocolizada la escritura pública se debe inscribir en el registro mercantil de la cámara de comercio ubicada en la zona donde estará el domicilio principal de la sociedad.
Seguidamente se debe gestionar la inscripción de la sociedad en el Rut para que le sea asignado el número de identificación tributaria a fin de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias que surgen a partir de su constitución.
Requisitos para constituir la sociedad anónima.
El artículo 374 del código de comercio señala que la sociedad anónima se debe constituir con un mínimo de 5 socios, sin considerar un límite máximo.
Por su parte, el artículo 376 del mismo código señala que se debe suscribir por lo menos el 50% del capital autorizado, y se debe pagar como mínimo la tercera parte del capital suscrito.
Cuando la sociedad anónima es constituida, se autoriza un determinado capital social, que es el máximo que la sociedad puede tener, y sobre ese capital autorizado es que se aplican valores mínimos a suscribir y autorizar, lo que no impide que se pueda suscribir y pagar la totalidad del capital autorizado.
Si los socios luego quieren incrementar el capital social autorizado, deben hacer una reforma estatutaria para ello.
Requisitos para la operación y funcionamiento de la sociedad anónima.
Una vez la sociedad anónima se ha formalizado y en el papel se entiende constituida, requiere operar, es decir, debe desplegar las acciones o actividades encaminadas a desarrollar el objeto social.
Para ello, la sociedad debe cumplir con una serie de requisitos según su objeto social, aplicado a nivel de establecimiento de comercio.
Se requiere tener permisos y licencias que dependerán de cada caso particular, como uso de suelos, concepto sanitario, derechos de autor, etc.
Adicionalmente, se debe recordar que se debe inscribir en el registro mercantil cada uno de los establecimientos de comercio que tenga la sociedad.
Cuánto cuesta constituir una sociedad anónima.
El costo de la formalización de la sociedad anónima depende del capital social, puesto que las tarifas notariales y las del registro mercantil dependen del monto de dicho capital.
Por lo anterior, no se puede determinar un valor exacto de lo que se debe pagar, pues entre más alto es el capital, más se debe pagar en la constitución.
Aspectos tributarios al constituir una sociedad anónima.
La sociedad como persona jurídica es responsable de una serie de obligaciones tributarias tanto formales como sustanciales que debe cumplir a cabalidad para evitar sanciones tributarias.
El primer paso es tramitar el Rut, para luego seguir con una serie de procedimientos como la gestión de la firma digital, la autorización para facturar, etc.
Posteriormente, se deben presentar las distintas declaraciones, teniendo presente que quizás la primera que se debe presentar es la de retención en la fuente, en razón a que la sociedad anónima es agente de retención, y cuando una sociedad inicia, lo primero que hace es hacer compras y pagos sujetos a retención.
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