Cuando un vehículo es inmovilizado, es llevado a los patios, que es un parqueadero en el que «guardan» los vehículos hasta que los propietarios los retiren, previo cumplimiento de los requisitos señalados por la norma.
Trámites para retirar un vehículo de los patios.
Para retirar un vehículo de los patios de tránsito se deben cumplir los siguientes trámites:
- Subsanar la infracción por la que fue inmovilizado el vehículo.
- Gestionar la orden de entrega o salida del vehículo.
- Pagar el valor del parqueadero y de la grúa.
- Adjuntar documentos:
- Documento de identidad.
- Licencia de tránsito del vehículo.
- Licencia de conducción de quien retira el vehículo.
- Soat vigente.
- Certificado de revisión tecno mecánica.
Son los documentos o requisitos que debe acreditar en el patio o parqueadero donde está inmovilizado su vehículo para que le permitan la salida.
Estos trámites deben realizarse ante la oficina de tránsito asignada según la ciudad donde se encuentre inmovilizado su vehículo.
Subsanación de las infracciones de tránsito.
Para retirar un vehículo de los patios, necesita subsanar la infracción de tránsito por la que fue inmovilizado, lo que dependerá del tipo de infracción.
Por ejemplo, si el vehículo fue inmovilizado por no tener el Soat, se debe adquirir primero, pues de lo contrario no se le emitirá la orden de salida de patios.
Si el vehículo fue inmovilizado por tener llantas en mal estado, tendrá que cambiar las llantas; si fue por portar vidrios polarizados sin la debida autorización, deberá retirar el polarizado.
Si el vehículo tiene daños, como retrovisores, lo que ocurre comúnmente con las motocicletas, deberán ser cambiados para poder retirar el vehículo, etc.
En el caso de que el vehículo haya sido inmovilizado por no tener la revisión tecno mecánica, debe ser retirado de los patios en grúa, puesto que no puede ser movilizado sin dicho documento. Algunos conductores solo pagan la grúa hasta la salida del patio, lo que es un error, porque si lo conducen sin la revisión tecno mecánica hasta el CDA, puede ser inmovilizado nuevamente si es requerido por las autoridades de tránsito, por lo que debe ser movilizado en grúa hasta el CDA.
Pago de comparendos para el retiro del vehículo de los patios.
Para retirar el vehículo de los patios no siempre es necesario pagar previamente el valor del comparendo o multa de tránsito. Es obligatorio únicamente cuando se trata de motocicletas respecto a las siguientes infracciones:
- Conducir sin SOAT.
- Conducir en contravía.
- Pasarse semáforos en rojo o saltarse la señal de Pare.
- Conducir sobre aceras, andenes, vías peatonales, etc.
- Adelantar en lugares prohibidos.
- Realizar maniobras peligrosas.
En los demás casos, no es necesario pagar los comparendos para poder retirar el vehículo de los patios.
Pago del parqueadero y grúas.
Para retirar el vehículo de los patios es necesario pagar el valor de la grúa que movilizó el vehículo a los patios y el valor del parqueadero (patios), liquidación que se hace en la oficina de tránsito donde se deben realizar los trámites correspondientes. En las ciudades grandes, puede haber varias sedes donde se pueden hacer esos trámites.
El pago lo liquida la oficina de tránsito correspondiente y tiene vigencia hasta las 12 de la noche del día en que se hace la liquidación, y si por alguna razón no se retira en ese día, es preciso hacer una nueva liquidación.
Citas para gestionar el retiro del vehículo de los patios.
En ciudades grandes como Bogotá, es preciso agendar citas para hacer las diferentes gestiones, y algunas se pueden agendar en línea, pero debe tener presente que, en general, las herramientas en línea de las entidades de tránsito suelen fallar con frecuencia.
Curso de sensibilización.
Para retirar el vehículo de los patios, no es necesario realizar los cursos de sensibilización y reeducación vial; estos cursos son necesarios para la reducción del valor del comparendo, que ya vimos, y en general no es necesario pagarlos para retirar los vehículos de los patios.
Recomendados.