Las personas naturales que declaran renta y obtienen ingresos del exterior deben declararlos, excepto si la persona natural no es residente fiscal en Colombia.
- ¿Si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Colombia?
- Tratamiento de ingresos recibidos del exterior en declaración de renta de persona natural.
- Cédula en la que se deben declarar los ingresos obtenidos del exterior.
- ¿Se deben declarar las remesas que se reciben de familiares y amigos?
- Impuesto que se debe pagar por las remesas que se reciben de familiares.
- Lo que la gente suele hacer con las remesas que recibe.
- Preguntas frecuentes.
- ¿Como se declaran las remesas recibidas del exterior en Colombia?
- ¿Qué pasa si recibo mucho dinero del extranjero?
- ¿Cuánto dinero puedo recibir del extranjero sin declarar en Colombia?
- ¿Si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos?
- ¿Si recibo dinero por Western Unión debo pagar impuestos?
- ¿En que cédula se declaran los ingresos recibidos del exterior?
¿Si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Colombia?
Cuando se reciben ingresos del exterior, se deben declarar, y en ese sentido se puede afirmar que sí se debe pagar impuestos.
El pago de impuestos se materializa solo si la persona es declarante de renta; si no es declarante de renta, no debe pagar ningún impuesto, excepto el 4x1000 cuando lo retira del banco, si es que fue enviado por ese medio.
Si el dinero es recibido por intermedio de una entidad financiera, tales pagos cuentan para efectos del monto de las consignaciones, que en caso de superar el tope implica tener que declarar renta. Por eso, muchas personas evitan el sistema financiero formal y utilizan los medios de pago modernos que han surgido en Internet, que más adelante se abordan.
Tratamiento de ingresos recibidos del exterior en declaración de renta de persona natural.
Con la digitalización de la economía, es común que una persona obtenga ingresos en el exterior por venta de productos o prestación de servicios, por ejemplo, ingresos que deben ser declarados como si hubieran sido obtenidos en Colombia.
Todo ingreso que una persona residente en el país obtenga en el exterior se considera como un ingreso de fuente nacional, que es un ingreso gravado con el impuesto a la renta y, por tanto, debe ser declarado y se debe pagar el respectivo impuesto de renta que resulte.
Recordemos que ser residente fiscal implica que se deba tributar sobre los ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera.
Cédula en la que se deben declarar los ingresos obtenidos del exterior.
En primer lugar, que el ingreso sea obtenido desde el exterior no afecta la clasificación del ingreso dentro del sistema cedular, así que un servicio prestado en Colombia se declara igual que un servicio prestado en el exterior.
En consecuencia, la cédula en la que se declara depende del tipo de ingreso según la clasificación que hace el artículo 330 del estatuto tributario.
Por ejemplo, un diseñador gráfico declarará sus ingresos con la cédula general como una renta no laboral; no importa si le pagaron en pesos o en dólares.
¿Se deben declarar las remesas que se reciben de familiares y amigos?
Una de las principales fuentes de divisas de Colombia son las remesas que los colombianos residentes en el exterior envían a sus familiares en Colombia, y surge la duda de si la persona que las recibe debe declararlas o pagar algún impuesto por ellas.
Recibir remesas de un familiar supone dos inconvenientes para quien las recibe: porque incrementa el monto de las consignaciones, lo que lo puede obligar a declarar renta, y porque la Dian asumirá que es un ingreso y la persona tendrá que demostrar lo contrario.
En cuanto al primer punto, los giros internacionales se consignan en la cuenta bancaria del beneficiario del giro, por lo que el monto de sus consignaciones probablemente lo obligará a declarar.
Una vez haya que declarar, la Dian asume que ese giro es un ingreso y esperará que se declare como tal y se pague el impuesto correspondiente.
Si el giro del exterior (remesa) es un regalo del hijo para su mamá, en efecto se trata de un ingreso por donación, en razón de que tiene la virtualidad de incrementar el patrimonio de quien lo recibe.
Si el giro se hizo para que quien lo reciba compre una propiedad a nombre de quien hizo el giro, no es un ingreso propio sino un ingreso para terceros, y se debe acreditar esa situación.
Si ese giro es un préstamo que el familiar le hace, se tiene un pasivo, que también se debe acreditar.
Si el pago corresponde a manutención, entonces no es un ingreso y no se declara como tal, aunque para el tope de consignaciones se debe tener en cuenta.
Impuesto que se debe pagar por las remesas que se reciben de familiares.
Cuando el dinero que se recibe del exterior es una remesa, es decir, dinero que envían familiares como apoyo económico, estamos ante una donación y se declara como una ganancia ocasional, y se paga una tarifa del 15% a partir del año gravable 2023. Para el 2022 la tarifa es del 10%.
Aquí se deben distinguir las remesas, que son dineros que las personas residentes en el exterior regalan a sus familiares, y los pagos que una persona recibe del exterior por servicios que prestan, por venta de productos o por rendimientos de inversiones en el exterior.
Cuando se trata de remesas, se declaran como una ganancia ocasional y cuando son pagos por alguna contraprestación, son ingresos ordinarios sobre los que se paga el impuesto de renta en caso de estar obligados a declarar.
Lo que la gente suele hacer con las remesas que recibe.
Cuando el monto de los giros es pequeño, las personas no suelen tener problemas porque la Dian no presta atención a ello, ya que, por lo general, la persona no declararía renta. Pero si se trata de sumas importantes, el asunto cambia y el beneficiario del giro puede verse obligado a declarar renta o, cuanto menos, a dar explicaciones.
Lo que hacen muchas personas es evitar el sistema bancario formal a fin de no dejar evidencia de las transacciones, y para ello utilizan servicios de giros postales como Western Union, Mony Moneygram, y medios digitales de pago como PayPal, Neteller, Skrill, Payoneer, Binance, Airtm, Uphold, Oxxo, etc., que además cobran mucho menos que los bancos por procesar una transferencia bancaria internacional, y de momento la Dian no tiene control sobre esos giros, pero hacia allá va el asunto con el impuesto mínimo global y demás propuestas de la OCDE y otras entidades.
Estos mecanismos son útiles para giros pequeños y no para grandes sumas, que necesariamente deben canalizarse por el sistema bancario.
En todo caso, la persona debe tener claro que omitir ingresos puede derivar en responsabilidades no solo ante la Dian, sino ante la fiscalía, que puede presentar acusaciones de enriquecimiento ilícito o lavado de activos.
La abuelita que reclama mensualmente 100, 200 o 500 dólares que su nieto le gira de USA no tendrá ningún problema; tampoco quien obtiene ingresos pequeños por servicios prestados en el exterior, pero cuando se trata de miles de dólares mensuales, el asunto es otro, y lo recomendable es formalizar esos dineros, a fin de evitar un incremento patrimonial injustificado que derive, como mínimo, en una renta por comparación patrimonial, cuando no en un proceso penal.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
En general las remesas son donaciones, y por tanto se declaran como una ganancia ocasional, es decir, no se declaran en la cédula de capital ni en ninguna otra cédula.
Si recibe mucho dinero del extranjero sin declarar ni formalizar, puede ser objeto de una investigación penal por presunto lavado de activos y, por supuesto, la Dian puede iniciarle un proceso de fiscalización por evasión.
Recibir mucho dinero del exterior no es delito ni supone ningún problema siempre que pueda justificar el origen legal de ese dinero, y por ello debe llevar un registro de las actividades que desarrolla para recibir tales pagos.
No existe una cifra exacta sobre la cantidad de dinero que se puede recibir sin declarar, pero en todo caso, se debe declarar renta cuando el monto total de los ingresos anuales supere 1.400 Uvt.
Otro aspecto es que las entidades financieras que gestionan los envíos de dinero del exterior tienen límites arbitrarios distintos. Cada banco tiene sus propios límites mensuales y anuales, lo que en nada afecta la obligación de declarar esos pagos.
Sí. Debe pagar el 4x1000 que le descontará la entidad que le paga el giro , y si es declarante de renta, tendrá que pagar el impuesto de renta que resulte según el monto de los ingresos, o la ganancia ocasional en caso de que se trate de remesas.
Debe pagar el 4x1000 que le descuenta el operador de Western Unión que le hace el pago, y, además, si usted es declarante de renta, tendrá que declarar esos giros como se ha explicado, ya sea como un ingreso ordinario o como una ganancia ocasional para el caso de las remesas, según el origen o naturaleza del giro.
Si no es declarante de renta, no debe pagar ningún impuesto distinto al 4x1000.
Depende del origen de los ingresos. Si son ingreso por servicios prestados o venta de bienes se declaran en la cédula general. Si son producto de inversiones en el exterior se declaran en la cédula de rentas de capital o dividendos según corresponda.
Si son donaciones se declaran como ganancia ocasional, que es lo que generalmente ocurre cuando un colombiano en el exterior envía dinero a sus familiares.
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