Los lectores nos consultan regularmente cómo apropiarse de un terreno abandonado, y la única forma posible es mediante la ocupación por el tiempo necesario que la ley considera para solicitar la prescripción adquisitiva del dominio.
Posesión como camino para convertirse en dueño de terrenos abandonados.
Lo que regularmente hacen las personas es ocupar los terrenos que encuentran abandonados, o en los que no encuentran resistencia por parte de los dueños, lo que sucede con los barrios de invasión, donde las personas ocupan y construyen en terreno ajeno; y si el dueño no reclama, con el paso del tiempo quien lo ha ocupado puede reclamar la propiedad.
El primer paso es la posesión del bien como señor y dueño, es decir, como si fuese el dueño, lo que implica desconocer el dominio o propiedad ajena.
El tiempo por el cual debe ocupar o poseer la propiedad antes de reclamarla puede ser de 5 o 10 años, dependiendo de si la posesión es irregular o regular.
Cómo invadir un terreno legalmente.
No existe una forma legal de invadir un terreno. Cuando se ocupa un terreno ajeno, no es legal de ningún modo.
Lo que existe es la ocupación mediante posesión, ya sea por consentimiento del dueño del predio o sin su consentimiento, y en ocasiones, a la fuerza.
Generalmente, cuando se ocupa o invade una propiedad abandonada, se requiere demostrar que se ha poseído por un término de 10 años para que se configure la prescripción adquisitiva del dominio, y así hacerse dueño de la propiedad.
Una vez se haya ocupado el bien por más de 10 años, el poseedor podrá reclamar la propiedad mediante una demanda civil conocida como proceso de pertenencia, que, mediante abogado, debe presentarse ante un juez civil.
El ocupante debe demostrar que ha estado ocupando el terreno o inmueble por un mínimo de 10 años, y que lo ha hecho con ánimo de señor y dueño, como si fuese suyo.
La posesión debe haber sido interrumpida y pacífica, es decir, no puede recurrirse a la violencia para desplazar al verdadero dueño, o para impedir que este pueda reclamar su propiedad.
Si la demanda de pertenencia prospera, en la sentencia, el juez otorgará la propiedad del terreno o predio al demandante, convirtiéndose este en el dueño legal del predio.
Cómo saber si un terreno tiene dueño.
No existe una forma fácil de saber si un terreno tiene dueño, puesto que para saberlo, hay que tener el certificado de libertad y tradición de ese terreno, que se identifica con una matrícula inmobiliaria, pero no podemos averiguarla al desconocerla.
Es posible hacer una consulta manual en las oficinas de registro, de catastro, o en la secretaría de hacienda del municipio respectivo, hasta dar con la propiedad que nos interesa conocer.
Otra alternativa es investigar con los vecinos del predio para conocer si tiene dueño y quién es.
Pero que nadie conozca al dueño no quiere decir que no lo tenga, a no ser que se trate de un baldío, en cuyo caso pertenece al estado.
¿Qué pasa si un terreno no tiene dueño?
No existe un terreno sin dueño, ya que ni los es de una persona o de una empresa; se trata de bien baldío, en tal caso el dueño es la nación.
Los terrenos abandonados que pertenecen a una persona o empresa pueden ser ocupados y, por esa vía, tener la propiedad por prescripción.
Si se trata de un baldío, son terrenos que, si se ocupan, nunca se podrá tener la propiedad por vía de la posesión, toda vez que no se configura la prescripción adquisitiva de dominio de los bienes públicos.
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