Portada Impuestos Procedimiento tributario Page 14

Sanción por no declarar

Sanción por no declarar renta, Iva, retención y demás declaraciones que el contribuyente está obligado a presentar.

Personas naturales obligadas a facturar electrónicamente

Personas naturales que deben expedir factura electrónica obligatoriamente.

Certificado de residencia fiscal

El certificado de residencia fiscal es emitido por la Dian, en la que se certifica que el contribuyente es residente fiscal en Colombia.

Beneficio de auditoría

Reforma tributaria 2021 extendió el beneficio de auditoría para los años 2022 y 2023 exigiendo un mayor incremento del impuesto neto de renta.

Firmeza de las declaraciones de Iva y retención en la fuente

La firmeza de las declaraciones de Iva y retención en la fuente ocurrirá cuando quede en firme la declaración de renta del mismo año.

Sanción por omisión de activos e inclusión de pasivos inexistentes

Sanciones que se imponen al contribuyente que omite activos o incluye pasivos inexistentes para disminuir u ocultar su patrimonio.

Códigos direcciones seccionales de la Dian

Código que identifican a las direcciones seccionales de la Dian.

Saldo a favor en renta si no se declara en el siguiente año

Si se liquida un saldo a favor en renta para el siguiente año, pero en ese siguiente año no se declara, se debe solicitar la devolución del saldo a favor.

Sanción por inexactitud

En los casos en que las declaraciones tributarias presentan inconsistencias o errores y el contribuyente no los corrige voluntariamente, la Dian impone la sanción por inexactitud.

Declaraciones que deben ser firmadas por contador o revisor fiscal

Declaraciones tributarias que deben ser firmadas por un contador público o un revisor fiscal, según corresponda.

Prescripción de la acción de cobro de los impuestos

Las deudas con la Dian con la Dian prescriben a los 5 años, contados desde el momento en que la deuda se hizo exigible.

Cobro de impuestos a sociedades liquidadas

Una empresa deja de ser sujeto de obligaciones y derechos una vez liquidada, por lo tanto, no se le pueden cobrar impuestos que haya quedado debiendo.

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