Los reportes negativos en las centrales de riesgo, como Datacrédito, por deudas y obligaciones en mora o incumplidas están sujetos a la caducidad, al cabo de la cual deben ser retirados del sistema según el artículo 13 de la Ley 1266 de 2008.
Esquema de caducidad.
Para determinar el tiempo de caducidad, los datos se clasifican en 3 grupos:
- Datos positivos (deudas que se pagaron oportunamente).
- Deudas que fueron pagadas luego de haber estado en mora.
- Deudas que no fueron o no han sido pagadas aún.
En la siguiente tabla se resume la caducidad de cada grupo de datos.
Tipo de Información | Caducidad |
---|---|
Datos positivos | No hay caducidad |
Deudas que fueron pagadas con mora | Doble del tiempo de mora, máximo 4 años desde el pago o extinción de la obligación. |
Deudas incumplidas sin pagar. | 8 años desde el inicio de la mora. |
Explicación del esquema:
El reporte negativo por una deuda en mora es el doble del tiempo de mora en que se incurrió, sin que exceda de 4 años. Por ejemplo, si usted pagó una deuda 3 meses después de haberse vencido, el reporte negativo caduca a los 6 meses de haberse pagado la deuda. Si pagó una deuda luego de 3 años en mora, el reporte negativo caduca a los 4 años de haber pagado la deuda.
El término de caducidad no se cuenta desde que se registra el reporte negativo ni desde la fecha de vencimiento de la obligación, sino desde la fecha en que usted paga la deuda. Por ejemplo, si usted debía pagar el 20 de enero y no lo hizo, el reporte negativo se registró el 10 de marzo, y usted pagó el 20 de abril. Como estuvo en mora 3 meses, el reporte caduca a los 6 meses, pero esos 6 meses se cuentan desde el 20 de abril, cuando hizo el pago, no desde el 10 de marzo, cuando fue registrado el reporte negativo, ni desde el 20 de enero, que venció el plazo para pagar.
Si usted pagó luego de 6 años de mora y llevaba 5 años reportado, se supone que el reporte caduca a los 4 años de haber pagado, pero como ya llevaba 5 años reportado para entonces, eso sumaría 9 años. Sin embargo, un reporte negativo no puede exceder de 8 años contados desde el vencimiento de la obligación.
Si nunca pagó la deuda, en todo caso el reporte negativo caduca a los 8 años contados desde el vencimiento de la obligación.
Cuando se aplica la caducidad máxima de los 8 años, estos se cuentan desde la fecha en que venció la obligación y no desde cuando se realizó el pago, como en los otros casos.
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