Las entidades del sector público deben realizar un aporte a la ESAP (Escuela Superior de Administración Pública) del 0.5% del salario del trabajador, que es un aporte parafiscal instituido por el artículo 8 de la Ley 21 de 1982.
Entidades obligadas a realizar aportes a la ESAP.
De acuerdo al artículo 8 de la Ley 21 de 1982, las siguientes entidades públicas tienen el deber de realizar los aportes a la ESAP:
- La Nación.
- Los departamentos.
- El Distrito Especial de Bogotá.
- Los municipios.
Estas entidades deberán pagar los aportes como empleadores por todos los trabajadores que tengan contratados mediante contrato de trabajo o relación laboral reglamentaria.
Entidades estatales que no deben pagar aportes a la ESAP.
No toda entidad estatal o pública debe pagar los aportes a la ESAP, como las siguientes:
- Los establecimientos públicos.
- Las empresas industriales y comerciales del Estado.
- Las empresas de economía mixta de las órdenes nacional, departamental, intendencias, distrital y municipal.
Esto en razón de que el artículo 8 de la Ley 21 de 1982 señala taxativamente cuáles son las entidades que deben realizar los aportes a la ESAP, y las que no estén allí en esa lista no tienen tal obligación.
Ingreso base para liquidar los aportes a la ESAP.
Los aportes a la ESAP se deben realizar sobre el salario, es decir, todos los pagos que por ley, por naturaleza, constituyan salario, y sobre los descansos remunerados.
Es importante precisar que, como estos aportes son realizados por entidades públicas que, en algunos casos, tienen regulación especial, se deberá tener en cuenta de forma individual los pagos que para esa entidad pública en particular constituyan salario.
Porcentaje del aporte a la ESAP.
El porcentaje que se debe aportar a la ESAP es del 0.5% del salario mensual del trabajador, según el artículo 11 de la Ley 21 de 1982.
A consultar.
Debido a la complejidad del aporte a la ESAP, y en especial a lo que tiene que ver con el salario base de liquidación, sugerimos consultar el concepto 000219 de 2018, de la sala de Consulta Civil del Consejo de Estado.
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